Hasta tanto no se lleven a cabo los convenios administrativos de financiación previsto en esta ley, seguirán siendo de aplicación los convenios formalizados entre los ayuntamientos y las entidades locales menores con anterioridad a la entrada en vigor de la misma. En caso de no existir convenio formalizado con anterioridad y hasta tanto se formalicen los mismos, estarán vigentes los sistemas de financiación que vengan realizando los ayuntamientos matrices a sus entidades locales menores.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.