Disposición final primera. Modificación de la Ley 11/1989.
Redacción vigente desde el 12/08/2015
1. Se añade un nuevo apartado, el 3, al artículo 1 de la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalán de la Mujer, con el siguiente texto:
2. Se modifica el artículo 3 de la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalán de la Mujer, que queda redactado del siguiente modo:
3. Se modifica el artículo 4 de la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalán de la Mujer, que queda redactado del siguiente modo:
4. Se añade un nuevo apartado, el 4 bis, a la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalán de la Mujer, con el siguiente texto:
5. Se añade un nuevo artículo, el 4 ter, a la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalán de la Mujer, con el siguiente texto:
6. Se añade un nuevo artículo, el 4 quáter, a la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalán de la Mujer, con el siguiente texto:
7. Se añade un nuevo artículo, el 4 quinquies, a la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalán de la Mujer, con el siguiente texto:
8. Se suprime el artículo 5 de la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalán de la Mujer.
9. Se modifica el artículo 6 de la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalán de la Mujer, que queda redactado del siguiente modo:
El Consejo Nacional de las Mujeres de Cataluña es el órgano participativo y consultivo del Instituto Catalán de las Mujeres para debatir y hacer propuestas y recomendaciones sobre las cuestiones vinculadas al Plan de actuación del Gobierno de la Generalidad en materia de políticas de igualdad de género en los ámbitos cultural, político, económico y social.
10. Se modifica el artículo 7 de la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalán de la Mujer, que queda redactado del siguiente modo:
11. Se añade un artículo, el 7 bis, a la Ley 11/1989, de 10 de julio, de creación del Instituto Catalan de la Mujer, con el siguiente texto:
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE