1. Constituirá infracción administrativa el incumplimiento de las normas de la presente Ley y las de las disposiciones que la desarrollen y demás actos administrativos de ejecución.
2. Las infracciones administrativas en materia de juego y apuestas se clasifican en muy graves, graves y leves.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE