Disposición adicional segunda. Equiparación de categorías.
Redacción vigente desde el 30/04/2007
1. Las categorías de los Cuerpos de Policía Local establecidas en el artículo 17 de esta ley se equiparan a las actualmente existentes según la siguiente correspondencia:
Denominación actual
Nueva denominación
Inspector
Comisario principal.
Oficial
Comisario.
Suboficial
Intendente.
Sargento
Inspector.
Cabo
Subinspector.
Agente
Agente.
2. La actual categoría de subinspector del Grupo A se declarará a extinguir.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE