Los miembros del Cuerpo General de la Policía Canaria son funcionarios de carrera de la Comunidad Autónoma de Canarias y se rigen por lo que se establece en la presente ley y en la Ley de la Función Pública Canaria.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE