Artículo 28. Acceso al empleo de comisario principal.
Redacción vigente desde el 04/06/2008
El acceso al empleo de comisario principal se efectuará por concurso de méritos entre los comisarios del Cuerpo, los mandos equivalentes de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o los oficiales superiores de las Fuerzas Armadas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE