Hasta tanto no se apruebe la relación de puestos de trabajo correspondientes a la inspección de comercio, previos los trámites procedentes, las funciones propias de la inspección en materia de comercio continuarán desempeñándose por la inspección de consumo, independientemente de las inspecciones que en materia de defensa de los consumidores y usuarios le atribuye la normativa vigente a ésta última.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.