1. El Consejo del Patrimonio Cultural de Barcelona es un órgano de coordinación, integrado paritariamente por representantes de la Generalidad de Cataluña y el Ayuntamiento de Barcelona.
2. Son funciones del Consejo:
a) Coordinar el ejercicio de las competencias de las respectivas Administraciones en materia de bibliotecas, archivos, museos, arqueología y patrimonio arquitectónico.
b) Estudiar y acordar, si procede, la posible gestión conjunta de equipamientos culturales de relieve nacional.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.