El Ayuntamiento y cada uno de sus distritos pueden pedir la opinión de los ciudadanos en materia de su competencia por medio de la consulta ciudadana, la cual, dentro del marco de la pertinente legislación, debe respetar:
a) El derecho de todos los empadronados a ser consultados.
b) El derecho de los consultados a conocer las soluciones alternativas con la máxima información, escrita y gráfica, posible.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.