Artículo 26. Equipo técnico del punto de encuentro familiar.
Redacción vigente desde el 25/12/2018
1. El punto de encuentro familiar contará con un equipo técnico interdisciplinar integrado por personal cualificado, con formación especializada y debidamente acreditada, al menos, en mediación e intervención familiar, protección de la infancia, diversidad funcional o discapacidad, igualdad y violencia de género.
2. El equipo técnico llevará a cabo las intervenciones psicológicas, sociales, educativas, jurídicas o de mediación necesarias para capacitar a las personas usuarias y beneficiarias para la resolución o el manejo de sus conflictos y para mejorar las relaciones entre ellas, con el objeto de que puedan desarrollar, sin apoyo externo, el régimen de visitas. A estos efectos, el equipo técnico podrá recabar el apoyo y asesoramiento necesarios.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.