1. Con el fin de evitar su uso como drogas, se prohíbe la venta a menores de 18 años de colas, sustancias químicas y otros productos comerciales inhalables de venta autorizada que puedan producir efectos nocivos para la salud y generar dependencia.
Queda excluida de esta prohibición la venta de estos productos a mayores de 16 años que acrediten el uso profesional de los mismos.
2. La relación de productos a los que se refiere el apartado anterior se determinará reglamentariamente.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).