En el plazo de seis meses a partir de la publicación de la presente Ley, la Junta de Castilla y León aprobará la normativa que regule la autorización de apertura y funcionamiento y la acreditación de los centros y servicios de atención al drogodependiente.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).