Disposición final cuarta. Modificación de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas.
Redacción vigente desde el 30/06/2026
Se modifica el artículo 15 de la Ley 12/1990, de 26 de julio, de Aguas, que queda redactado en los siguientes términos:
El presidente o presidenta del consejo insular será la persona titular de la Presidencia o la persona titular del área o departamento del cabildo insular correspondiente al que se encuentra adscrito el organismo.»
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).