1. Los servicios sociales comunitarios atenderán a las mujeres víctimas de violencia, informarán y asesorarán sobre los recursos existentes.
2. Dentro de los mismos tienen especial relevancia los servicios dispensados desde aquellos ayuntamientos que cuenten con medios y recursos suficientes para prevenir y erradicar la violencia ejercida sobre las mujeres.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).