El plan de autoprotección es el marco orgánico y funcional previsto para una adecuada gestión de actividades que generen o puedan generar riesgos, con el objeto de garantizar de manera permanente la prevención y el control de los riesgos sobre las personas, los bienes y el medio ambiente, además de asegurar una respuesta adecuada a las posibles situaciones de emergencia identificadas en la zona. La elaboración e implantación de dicho plan corresponde al titular de la actividad.
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