Artículo 4. Funcionamiento del sistema de protección ciudadana.
Redacción vigente desde el 01/05/2007
A los efectos de esta Ley, el sistema de protección ciudadana se integra a partir de una distribución funcional, estructurada en niveles, atendiendo a los criterios de inmediatez, especialización y disponibilidad de los recursos.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE