1. Una vez declarada una emergencia o activado un plan de protección civil, los ciudadanos están obligados a cumplir las órdenes y a seguir las instrucciones de las autoridades competentes.
2. Las prestaciones personales no dan derecho a indemnización, sin perjuicio de los supuestos de daños y lesiones que sufran en cualesquiera de los bienes y derechos del prestador como consecuencia de la prestación, que serán resueltos de conformidad con el sistema de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas. La requisa de material se solventará conforme a la legislación vigente en materia de expropiación forzosa, y de conformidad con el sistema de responsabilidad patrimonial de las Administraciones Públicas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE