Disposición adicional primera. Aplicación de esta Ley al Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha.
Redacción vigente desde el 22/09/2011
Lo establecido en esta Ley será de aplicación al personal del Ente Público de Radio-Televisión de Castilla-La Mancha en la forma prevista en su ley de creación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.