Es el instrumento a disposición de la consejería competente en materia de coordinación de policías locales para garantizar el cumplimiento de las funciones de coordinación desarrolladas en esta ley y en el que deben estar inscritos, en los términos que se determinen por reglamento, los cuerpos de policía local y todos sus miembros, así como los policías de los ayuntamientos que no hayan constituido cuerpo de policía local.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.