Se faculta el Gobierno de la comunidad autónoma para que, en el plazo de un año desde la entrada en vigor de esta ley, dicte las disposiciones que requieran su desarrollo y su aplicación.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.