Para la determinación de la cuantía de las multas y la aplicación de las demás sanciones, el órgano competente atenderá a los siguientes criterios de graduación:
a) Riesgo o perjuicio generado para la salud.
b) Grado de culpabilidad o intencionalidad.
c) Que la infracción se dirija contra menores de edad.
d) Alteración e incidencia social producidas.
e) Cuantía del beneficio obtenido.
f) Capacidad económica de la persona infractora.
g) Posición de la persona infractora en el mercado.
h) Grado de colaboración con la administración.
i) Reiteración y reincidencia.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE