Artículo 6. Derechos de la víctima como denunciante.
Redacción vigente desde el 28/10/2015
Toda víctima tiene, en el momento de presentar su denuncia, los siguientes derechos:
a) A obtener una copia de la denuncia, debidamente certificada.
b) A la asistencia lingüística gratuita y a la traducción escrita de la copia de la denuncia presentada, cuando no entienda o no hable ninguna de las lenguas que tengan carácter oficial en el lugar en el que se presenta la denuncia.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).