Artículo 42. Contratación administrativa y subvenciones.
Redacción vigente desde el 08/05/2018
1. Se podrá establecer, de acuerdo con las competencias de la Comunidad Autónoma de Aragón, en los pliegos de cláusulas administrativas, la preferencia en la adjudicación de los contratos para las proposiciones presentadas por aquellas empresas o entidades que, en el momento de finalización del plazo de presentación de proposiciones, desarrollen medidas destinadas a lograr la igualdad de oportunidades en atención a la identidad y expresión de género.
Dichas proposiciones deben igualar en sus términos a las más ventajosas desde el punto de vista de los criterios objetivos que sirvan de base para la adjudicación, y respetando, en todo caso, lo establecido en la legislación de contratos del sector público.
2. Asimismo, la Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón podrá incorporar a las bases reguladoras de las subvenciones públicas la valoración de actuaciones de efectiva consecución de la igualdad de las entidades solicitantes.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).