Artículo 17. Apoyo a las manifestaciones culturales y artísticas.
Redacción vigente desde el 15/11/2018
La Administración Regional en el uso de sus competencias impulsará todo tipo de manifestaciones culturales y artísticas que potencien aspectos recogidos en la presente ley, y en las que se propongan estrategias o espacios dirigidos a sensibilizar a la sociedad, que faciliten la prevención y erradicación de la violencia de género, contribuyendo con ello a la construcción de una sociedad más justa e igualitaria.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE