La comisión de alguna o algunas de las infracciones recogidas en esta norma será sancionada de la siguiente manera:
a) Infracciones leves, amonestación por escrito o multa hasta 3.000 euros.
b) Infracciones graves, multa desde 3.001 euros hasta 30.000 euros.
c) Infracciones muy graves, multa desde 30.001 euros hasta 600.000 euros.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.