Artículo 17. Atención sanitaria en el ámbito de la salud genital de las personas transexuales.
Redacción vigente desde el 01/03/2024
Con la participación conjunta de profesionales del ámbito de la salud y de la sexología, y de representantes de asociaciones de personas transexuales y sus familias, se desarrollará en la guía sanitaria un protocolo ginecológico específico para hombres con vulva, y un protocolo urológico específico para mujeres con próstata.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.