Disposición adicional tercera. Evaluación y revisión de la ley.
Redacción vigente desde el 01/03/2024
El Departamento del Gobierno Vasco responsable de políticas sociales evaluará de forma periódica el cumplimiento, desarrollo y aplicación de la presente ley y, en su caso, de la oportunidad de su revisión. La periodicidad y metodología de dicha evaluación será objeto de desarrollo legislativo.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.