Son competencias de las mancomunidades de municipios:
a) La administración y defensa de su patrimonio.
b) La ejecución de obras y prestación parcial o integral de servicios de su interés.
c) Aquellas otras que les sean delegadas o encomendadas por otras Administraciones Públicas.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.