Procederá la disolución de una Entidad Local Menor cuando se aprecie la insuficiencia de sus recursos o la incapacidad para el ejercicio de sus competencias.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.