Siempre que sea posible, y cuando no se opongan razones de interés público debidamente consignadas, se concederá a las asociaciones de municipios y provincias que ostenten la representación y defensa de los intereses de las Entidades Locales gallegas ante los correspondientes poderes públicos la oportunidad de exponer su parecer sobre las disposiciones de carácter general y anteproyectos de Ley que, en materia de régimen local, elabore la Junta de Galicia. Se hará efectivo mediante un informe razonado y en un plazo mínimo de diez días, a contar desde el siguiente a la remisión del mismo para consulta.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE