1. Los municipios histórico-artísticos y la Junta de Galicia podrán celebrar Convenios por los que se regularán las formas de asistencia y cooperación técnica de proyectos especiales de protección, conservación, restauración y rehabilitación del patrimonio monumental.
2. La Junta de Galicia asistirá de modo especial a estos municipios en la elaboración del inventario del patrimonio histórico-artístico, mueble e inmueble, y en la defensa del mismo.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).