Los municipios industriales y la Junta de Galicia podrán celebrar Convenios mediante los que se regularán las formas de asistencia y cooperación técnica destinadas a dotar a aquéllos de la infraestructura precisa para el asentamiento, en sus términos, de actividades económicas de esta naturaleza y, en especial, de mecanismos eficaces de protección medioambiental y de las singulares condiciones técnicas que las instalaciones industriales imponen para la adecuada prestación de los servicios municipales.
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