Disposición transitoria tercera. Constitución de los consorcios y entidades locales de cooperación.
Redacción vigente desde el 05/06/2007
Los consorcios y demás entidades locales de cooperación contemplados en la presente ley se constituirán en el plazo de tres años a partir de la entrada en vigor de la misma.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).