Artículo 10. Reconocimiento y apoyo institucional.
Redacción vigente desde el 01/06/2022
1. La Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha promoverá una política activa e integral para la atención a las personas LGTBI, y contribuirá a su visibilidad, con especial atención a los sectores de población en situación de vulnerabilidad.
2. Las Administraciones Públicas de Castilla-La Mancha prestarán respaldo a la celebración, en fechas conmemorativas internacionales, nacionales o regionales, de actos y eventos que constituyen instrumentos de visibilización, normalización y consolidación de la igualdad plena y efectiva en la vida de las personas LGTBI.
3. El Instituto de la Mujer de Castilla-La Mancha promoverá la realización de campañas de visibilidad que contribuyan a la erradicación de la múltiple discriminación que sufren las mujeres pertenecientes al colectivo LTB.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).