La Academia Canaria de Seguridad, mediante convenio con las Administraciones correspondientes, podrá desarrollar las acciones necesarias para la formación del personal integrante del Servicio de Atención de Emergencias y Protección Civil hasta el momento en que se apruebe la normativa reguladora en materia de urgencias y emergencias que determine a qué órgano se atribuyen las funciones y cometidos en esta materia.
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