Todos los Ayuntamientos remitirán a la consejería competente en materia de coordinación de policías locales la documentación que se determine reglamentariamente en relación con el Cuerpo de Policía Local o el servicio de Auxiliares de policía.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).