Artículo 42. Centros de recogida separada de residuos industriales.
Redacción vigente desde el 17/03/2021
La Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia fomentará la creación y puesta en marcha de centros de recogida separada de residuos industriales en los polígonos industriales y en los parques empresariales.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).