La protección del suelo constituye un deber de los sujetos poseedores o propietarios de aquel, que comporta las obligaciones de conocer, informar y controlar su calidad, así como de adoptar medidas preventivas, de defensa, de recuperación, de control y de seguimiento en los casos en que sea preceptivo de acuerdo con la normativa vigente.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).