Disposición adicional cuarta. Plan de gestión y programa de prevención de residuos.
Redacción vigente desde el 17/03/2021
1. En el plazo máximo de dos años a partir de la entrada en vigor de esta ley, la Administración autonómica aprobará un nuevo plan de gestión y el programa de prevención de residuos.
2. Para la elaboración del plan y del programa se desarrollará un amplio proceso de participación.
3. El plan de gestión y el programa de participación incluirán los planes y programas de ámbito supramunicipal y tendrán en cuenta los programas de gestión y prevención de ámbito local.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).