Disposición transitoria quinta. Acceso a la Función Pública del personal con contrato administrativo de carácter temporal formalizado con anterioridad al 24 de agosto de 1984.
Redacción vigente desde el 30/06/2005
El personal al servicio de la Administración de la Comunidad de Castilla y León que a la entrada en vigor de esta Ley se encuentre vinculado en virtud de contrato administrativo de colaboración temporal formalizado con anterioridad al 24 de agosto de 1984, podrá adquirir la condición de personal laboral fijo, tras la superación del correspondiente proceso selectivo, en el que se garanticen los principios de igualdad, mérito y capacidad, de conformidad con lo previsto en la legislación vigente.
El proceso selectivo se ajustará al sistema de concurso público, previsto en el artículo 40.3 de esta Ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
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