El objeto de esta Ley es establecer los criterios básicos para la coordinación del servicio público de Policía Local y la actuación de los funcionarios que lo prestan, en el ámbito territorial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, sin perjuicio de su dependencia de las autoridades municipales, de conformidad con lo previsto en el Estatuto de Autonomía de Extremadura y en la legislación orgánica sobre Fuerzas y Cuerpos de Seguridad.
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