Corresponde al Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejería competente en materia de coordinación de Policías Locales, dictar las disposiciones generales de coordinación que adopten la forma de decreto dentro del marco de esta ley, previo informe de la Comisión de Coordinación de Policías Locales de Extremadura.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es). Ver en el BOE