Artículo 128. Sector turístico, hostelería y restauración.
Redacción vigente desde el 31/12/2023
Las medidas de reactivación y promoción del sector turístico, la hostelería y la restauración programadas y aplicadas por la Administración autonómica tendrán en cuenta el grado de feminización de dichos sectores al objeto de fomentar la formación profesional de las mujeres, su contratación indefinida y a tiempo completo y la promoción profesional de las mujeres a puestos de trabajo y grupos de una categoría superior.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).