Artículo 130. Economía sumergida en actividades feminizadas.
Redacción vigente desde el 31/12/2023
La consejería competente en materia de empleo y relaciones laborales desarrollará, en su papel de autoridad laboral y a través de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, actuaciones tendentes a detectar y erradicar situaciones de economía sumergida, especialmente en actividades feminizadas, como el empleo doméstico y los servicios de atención en el hogar, sin perjuicio de la colaboración que, a estos efectos, pudiera establecerse con otras administraciones competentes.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).