Artículo 143. Finalidad de los programas municipales de municipio seguro.
Redacción vigente desde el 31/12/2023
1. Los programas municipales de municipio seguro tienen por finalidad crear espacios urbanos libres de violencia y de acoso sexual y por razón de sexo para facilitar su utilización en igualdad por parte de las mujeres y hombres.
2. Para diseñar y ejecutar estos programas, se tendrán en cuenta las necesidades especiales de las familias con hijos e hijas menores, de las mujeres con movilidad reducida y de las mujeres mayores.
3. Los programas municipales de municipio seguro podrán ser elaborados voluntariamente por un ayuntamiento o varios ayuntamientos coordinados para ello, o a través de los órganos de un área metropolitana, de una mancomunidad de municipios o de un consorcio local constituido por los ayuntamientos implicados.
4. Los programas municipales de municipio seguro estarán sujetos a una revisión permanente orientada a lograr un mayor alcance y una mejor eficacia.
5. Se fomentará la creación de mesas de coordinación interinstitucional de municipio seguro.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).