Artículo 93. Fomento de la dimensión externa de la sostenibilidad social de las empresas y entidades del tercer sector.
Redacción vigente desde el 31/12/2023
1. La Xunta de Galicia fomentará que las empresas y entidades del tercer sector asuman voluntariamente criterios tendentes a desarrollar actuaciones que, en virtud del principio de solidaridad con la sociedad, denoten su compromiso con las comunidades y entornos en los que se insertan, favoreciendo así el desarrollo local y la cohesión social y territorial.
2. En particular, tendrán entre sus objetivos las preocupaciones ambientales y el uso racional de los recursos naturales, con el propósito de desplegar una actuación global susceptible de conjugar la productividad y la competitividad con la sostenibilidad de su actuación, de forma que permita satisfacer las necesidades de las generaciones presentes sin comprometer las posibilidades de las generaciones futuras.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).