Para determinar las sanciones a imponer y, en su caso, la cuantía de las multas, el órgano competente deberá atenerse a los criterios de graduación siguientes:
a) La naturaleza de los perjuicios causados.
b) La existencia de intencionalidad o reiteración.
c) La relevancia o trascendencia social de los hechos y el número de personas afectadas.
d) El beneficio obtenido por la persona infractora.
e) El cumplimiento por iniciativa propia de las normas infringidas, en cualquier momento del procedimiento administrativo sancionador, si aún no se ha dictado resolución.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).