Las autoridades competentes para imponer sanciones por infracciones previstas por la presente ley serán las siguientes:
a) La persona titular de la dirección general competente en materia de igualdad de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la imposición de sanciones por las infracciones leves.
b) La persona titular de la consejería competente en materia de igualdad de la Administración de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la imposición de sanciones por las infracciones graves.
c) El Consejo de Gobierno de la Comunidad Autónoma de La Rioja para la imposición de sanciones por las infracciones muy graves.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).