Los municipios, además de funcionar en régimen común, pueden funcionar en régimen de concejo abierto, en régimen de gestión compartida y de acuerdo con unos regímenes especiales, según lo dispuesto en la legislación básica de régimen local y en la presente ley.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).
Practica con preguntas que citan el artículo exacto.