1. Los Poderes Públicos de la Junta de Extremadura fomentarán el espíritu emprendedor de las mujeres y establecerán ayudas para la constitución y consolidación de sus empresas, así como para el autoempleo.
2. Estas ayudas se articularán mediante acciones de orientación, formación, asesoramiento, acompañamiento y a través de ayudas de carácter económico.
3. La Junta de Extremadura podrá suscribir convenios con las entidades financieras, al objeto de promover la constitución y consolidación de iniciativas empresariales promovidas mayoritariamente por mujeres.
4. Se prestará especial atención a aquellos proyectos que generen yacimientos de empleo innovadores, así como los relacionados con el ámbito de la economía social.
Texto consolidado de carácter meramente informativo. Basado en datos de la Agencia Estatal Boletín Oficial del Estado (www.boe.es).